Toda finca necesita ser correctamente gestionada. Esta función, en un principio, recae en el presidente de la comunidad. Sin embargo, también se puede contratar un administrador de fincas, la opción más recomendable. Su figura gestionará los asuntos financieros, legales y técnicos necesarios para el mantenimiento y gestión económica del edificio. En Abad y Puche Abogados, especialistas en administración de fincas en Getafe, te contamos todas sus funciones. 

 

¿Qué hace un administrador de fincas?

El rol de un administrador de fincas está estipulado en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula el ordenamiento de comunidades y edificios de viviendas a nivel estatal. Según esta normativa, las cinco funciones básicas del administrador de fincas son:

  • Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios: hay que asegurar el control del inmueble y garantizar que cada integrante de la comunidad respete unas normas básicas de convivencia y  tenga sus pagos al día. 
  • Elaborar un plan de gastos: debe confeccionar un presupuesto que contenga todos los gastos previstos para un determinado periodo y la manera en que van a ser afrontados. 
  • Asegurar la conservación del inmueble, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes. 
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y los cobros que sean procedentes. 
  • Actuar como secretario de la junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad y todas las demás atribuciones que se confieran. 

 

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