Hoy desde nuestra experiencia como abogado laboralista en Getafe, vamos a dar respuesta a una cuestión que aún sigue generando ciertas dudas entre los trabajadores. 

Como bien adelanta el titular de este nuevo artículo, vamos a dilucidar si las revisiones médicas entran dentro de la jornada laboral.

 

Reconocimientos médicos y jornada laboral

En primer lugar hay que dejar claro que los reconocimientos médicos forman parte de lo concerniente a la prevención de riesgos laborales. 

En este sentido, todos sabemos que se trata de una obligación por parte de la empresa que debe realizarse de manera periódica, y que, si bien pueden tener un carácter obligatorio o voluntario, deben formar parte de la jornada laboral.

Y es que la jornada laboral no tiene por qué incluir única y exclusivamente el tiempo de trabajo efectivo. Puede suceder que se lleven a cabo otro tipo de actividades que estén directamente relacionadas con el desarrollo de la actividad profesional del trabajador, aunque no estén consideradas estrictamente laborales. Como puede ser entre otros casos, los reconocimientos médicos. 

 

Otros casos: formación y prácticas

Hacemos referencia a otros casos, porque además de la obligatoriedad de cumplir con las exigencias en cuanto a los reconocimientos médicos, por parte de la empresa hacia sus trabajadores, existen otras circunstancias en las que del mismo modo, y, sin formar parte de la labor profesional habitual del trabajador, formen parte de la jornada laboral. 

Aquellas actividades o empresas que requieran que sus empleados lleven a cabo cursos de formación o prácticas necesarias para su desempeño laboral, también deben de computar dentro de la jornada laboral. 

Es necesario entender que aunque durante el tiempo dedicado a la formación o a las prácticas profesionales el empleado no está a disposición del empresario, sí repercuten en un beneficio directo hacia la empresa o el empresario. 

Si necesitas resolver alguna cuestión relacionada con lo que puede o no computarse dentro de la jornada laboral o del tiempo de trabajo efectivo, puedes solicitar el asesoramiento de nuestro abogado laboralista en Getafe, en Abad Y Puche Abogados.